educación viVA BA.
TIPO DE JUBILACIONES
Jubilación Ordinaria
¿Qué es la jubilación ordinaria? Es una prestación previsional que le corresponde al agente activo una vez que tenga la edad requerida y años de servicios exigidos por la ley.
Requisitos:
· Caja otorgante IPS
· Agente con situación de revista: Activo
· Edad y Aportes
Tipos de trámite
Caja Otorgante: Instituto de Previsión Social
Jubilación Digital, modalidad Elegida:
CIERRE DE CÓMPUTOS CONDICIONADO (CCC), mediante el cual usted continúa trabajando hasta el momento en que se le otorga el beneficio, percibiendo su salario hasta el cese.Fecha de cese: una vez notificado en conformidad del otorgamiento del beneficio por el IPS, se determina la fecha de acuerdo al calendario programado.
CESE ORDINARIO O CESE DEFINITIVO (CO), deja de prestar servicios desde la fecha de renuncia pudiendo optar por cobrar el anticipo jubilatorio del 60% mientras dure el proceso de su trámite.
Importante: Usted deja de trabajar desde el día siguiente a la fecha de cese, y no percibe salario alguno, por lo cual le asiste el derecho de solicitar Anticipo Jubilatorio el cual conforme la “Ley 12950” y sus modificatorias representa un 60% del mismo, hasta que IPS le reconozca el derecho al haber jubilatorio y practique el alta de pago.
Jubilación por edad avanzada
Prestación previsional para personas que cuenten con 65 años de edad y tengan al menos 10 años de aportes (de los cuales, 5 años de aporte deben estar comprendidos al menos en los últimos 8 años anteriores al cese
jubilación por invalidez
Prestación previsional que se otorga en caso que la persona tenga una incapacidad física o intelectual que le impida desarrollar sus tareas laborales
Este beneficio previsional puede ser solicitado por personas con una incapacidad laboral dictaminada del 66% o más. Si la misma se produce estando el agente en relación de dependencia Provincial o Municipal, el rol de Caja corresponde al IPS, aun cuando exista mayor cantidad de años de servicios en otras Cajas.